Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1461/2004-R
Fecha: 14-Sep-2004
II.1.
II.1. Dentro del proceso ordinario de nulidad de venta de bien ganancial seguido por Marina Céspedes Zambrana, por Auto de 26 de abril de 1999 (fs. 8 vta.), el Juez Sexto de Partido en lo Civil de Cochabamba declaró clausurado el término de prueba. Mediante escrito de 14 de enero de 2000 (fs. 9), la hoy recurrente solicitó al Juzgador emita sentencia o dicte autos para resolución, ante lo cual la autoridad judicial dispuso por decreto de 17 de enero de 2000, que el demandado haga uso del expediente para presentar sus conclusiones bajo conminatoria de perder ese derecho.