Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1467/2004-R
Fecha: 13-Sep-2004
III.
La recurrente afirma que las demandadas han vulnerado sus derechos al debido proceso, a la presunción de inocencia y a la igualdad procesal, pues dentro del proceso penal que le sigue su suegra, por la presunta comisión del delito de injurias, no se la notificó con el Auto de admisión de demanda en forma personal y en su domicilio real, por lo que al conocer extraoficialmente de la existencia del proceso, interpuso incidente de nulidad solicitando se anulen obrados hasta el vicio más antiguo, que fue rechazado. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 18 de la CPE.