SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1467/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1467/2004-R

Fecha: 13-Sep-2004

improcedente

Concluida la audiencia el Tribunal de hábeas corpus pronuncia Resolución que declara improcedente el recurso, con los siguientes fundamentos: 1) la recurrente promovió incidente de nulidad, que fue rechazado por la autoridad jurisdiccional y al ser apelado se encuentra pendiente de resolución; 2)  por los antecedentes, se llega a establecer de que el Juez recurrido, ciñó su comportamiento judicial a las previsiones de la última parte del art. 163 CPP, en consecuencia no atentó contra las regulaciones del debido proceso, la presunción de inocencia y la igualdad jurídica y efectiva de las partes.

Por lo  antes relacionado no resulta pertinente otorgar la tutela solicitada porque la situación planteada no se halla dentro de las previsiones del art. 18 de la CPE, de manera que el Tribunal de hábeas corpus al haber declarado improcedente el recurso, aunque con distinto fundamento, ha efectuado una adecuada compulsa del mismo y dado correcta aplicación al citado precepto constitucional.