SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1490/2004- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1490/2004- R

Fecha: 14-Sep-2004

II.4.

II.4.   El 23 de junio de 2004, el abogado del recurrente hizo constar al Juez recurrido que el término para la presentación de la prueba se encontraba vigente y que recién vencía el 25 de junio de 2004 (fs. 4). El recurrido respondiendo a esa observación el 24 de junio de 2004, indicó: “no ha lugar a lo solicitado” (sic.), puesto que la notificación personal al imputado se la efectuó de acuerdo a lo previsto por la norma del art. 163 del CPP (fs. 5), esta Resolución fue impugnada mediante el recurso de reposición presentado el 25 de junio de 2004 (fs. 6-7) habiendo sido rechazada por providencia de 26 de junio de 2004 (fs. 8).