Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1492/2004-R
Fecha: 17-Sep-2004
II.3.
II.3. Por oficio de 8 de marzo de 2001, la recurrente solicitó al Alcalde de Sipe Sipe le brinde un informe respecto a la apertura de una calle innominada que afecta al terreno de su propiedad, y se le haga entrega de la Ordenanza correspondiente (fs. 2), y el 27 de septiembre de ese año planteó queja ante el Defensor del Pueblo de Cochabamba contra la mencionada autoridad municipal (fs. 3 a 5).