SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1501/2004-R
Fecha: 20-Sep-2004
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En el memorial presentado el 12 de agosto de 2004 (fs. 4 a 5), el recurrente aduce que el 10 de agosto de 2004, fue invitado por sus amigos a pasear en un vehículo, a horas 20:00 aproximadamente se detuvieron en la calle Yungas casi plaza Uyuni y abordaron a un joven le agarraron por la espalda y le quitaron su celular y luego escaparon en la movilidad, dejándole en el lugar donde fue detenido por un señor como si fuera culpable del hecho y llevado a la PTJ, a horas 20:30, en la que se encuentra arrestado por más de ocho horas donde le han manifestado que estaría fingiendo su deficiencia auditiva que le impide comunicarse como una persona normal, señala que con su detención se infringe lo previsto por el art. 225 del Código de procedimiento penal (CPP), sin haberse convocado a Gestión Social ni Defensa Pública, para tomarle su declaración informativa.