SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1501/2004-R
Fecha: 20-Sep-2004
improcedente
La Resolución cursante de fs. 25 a 26, pronunciada el 13 de agosto de 2004 por los vocales de la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, declaró improcedente el recurso, con el siguiente fundamento: a) el recurrente fue aprehendido por una persona particular en flagrancia y puesto a disposición del Fiscal en el plazo previsto por Ley, autoridad que a su vez imputó formalmente en su contra por la supuesta comisión del delito de robo agravado y lo remitió ante la autoridad jurisdiccional correspondiente dentro de las veinticuatro horas que le faculta el art. 226 del CPP; b) se constató que no hubo vulneración alguna de los derechos del recurrente.