SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1518/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1518/2004-R

Fecha: 22-Sep-2004

Fragmento 5

Luis Alberto Aranda Granados Comandante en Jefe de las FFAA de la Nación y Lucio Quenallata Vega Jefe de Estado Mayor General de las FFAA, a través de su representante, de fs. 246 a 249 informaron que las convocatorias a la EAEN que cada año se aprueban cumplen con los preceptos que establecen las leyes y disposiciones militares, sin vulnerar derechos constitucionales, pues todos los requisitos que son establecidos de manera previa al lanzar la convocatoria deben ser cumplidos por todos los postulantes por el principio de igualdad. No se puede hacer referencia a una aplicación retroactiva de la directiva 28/02 ya que el actor el año 1989 no estaba postulado a la Escuela, de modo que la pretensión de desconocer una directiva es ir contra el derecho y el principio de seguridad jurídica, puesto que daría lugar a que oficiales que no cumplen con uno o más requisitos de ingreso simplemente apelen a argumentos como los esgrimidos en la demanda de amparo provocando un caos, ya que los requisitos de ingreso a cualquier institución tienen su razón de ser, además que el Tribunal Constitucional estableció que esa directiva 28/02 queda fuera del control de constitucionalidad.