SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1523/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1523/2004-R

Fecha: 28-Sep-2004

a)

La Fiscal recurrida, igualmente presentó su informe escrito que corre de fs. 91 a 92 de obrados, en el que alegó lo siguiente: a) con la facultad que le confieren las normas previstas por el art. 323.3) del CPP, dictó sobreseimiento fundamentado a favor de los imputados, al ser “insuficientes los suficientes elementos de convicción” en contra  de los mismos para fundar un juicio oral; b) remitido su requerimiento fue ratificado por el Fiscal del Distrito; c) los querellantes durante el proceso en ningún momento observaron vulneración a las normas del debido proceso y sólo impugnaron el requerimiento conclusivo con los mismos argumentos que exponen en el presente recurso; d) en las SSCC 1398/2002-R de 18 de noviembre y 129/2004-R de 28 de enero, el Tribunal Constitucional ha seguido la línea jurisprudencial en sentido de que en casos de que la vulneración se produzca dentro de un proceso, no puede ingresar al fondo de la causa y valorar pruebas para determinar la culpabilidad o no de los que estén siendo investigados, y que el derecho de acceso a la justicia, no implica que la acción deba seguir hasta que concluya; y e) el amparo constitucional no es sustitutivo de otros recursos.