Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1523/2004-R
Fecha: 28-Sep-2004
I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
El Fiscal recurrido, presentó informe escrito que cursa de fs. 15 a 16 en el que alegó que el 27 de marzo de 2004, como disponen las normas previstas por los arts. 324 del CPP y 40.15) de la LOMP, dispuso la ratificación del sobreseimiento dictado por la Fiscal directora funcional del caso, por lo que considera que no ha infringido ningún derecho o garantía constitucional, además el recurso planteado no es sustitutivo de otros recursos, y en el caso los recurrentes olvidaron que la Ley le faculta a dictar resolución ratificando o revocando las resoluciones dictadas por los diferentes fiscales.