SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1537/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1537/2004-R

Fecha: 27-Sep-2004

b)

b) Existe una incompatibilidad antitética y manifiesta entre las normas relativas a la jurisdicción, competencia y procedimiento contenidas en el Título III, Capítulos II y III del Estatuto, que prevén  la existencia de una fase sumarial que concluye con un auto definitivo de procesamiento apelable ante la autoridad superior en grado y hasta una tercera instancia encomendada al Consejo Universitario en caso que no actúe como tribunal de apelación; y, la competencia para el procesamiento de decanos y directores de Carrera está encomendada al claustro facultativo. En tanto que el Reglamento de Procesos Universitarios luego de disponer la conformación del Tribunal sumariante, relega la jerarquía del Consejo Universitario a Tribunal de Instancia, restándole la potestad de Tribunal de Apelación y en su caso de nulidad, ignorando toda normativa para los trámites de apelación y nulidad, así como para la sustanciación de la fase  de instancia o proceso propiamente dicho, desconociendo la competencia que asigna el estatuto al claustro facultativo para el caso de procesamiento de decanos. Dicho de otro modo el Reglamento de Procesos viola el Estatuto Orgánico, distorsiona potestades y competencias al extremo de minimizar la jerarquía del Consejo Universitario y denegar las potestades del Consejo Facultativo, y lo que es peor, da lugar a la tramitación del proceso disciplinario con flagrante violación del debido proceso, restando la oportunidad de la legítima defensa al mutilar la doble instancia y la posibilidad de apelación del auto final del sumario.