SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1547/2004-R
Fecha: 27-Sep-2004
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El recurrente ratificó su demanda señalando que el proceso penal fue tramitado con una serie de vicios procesales y que la autoridad recurrida, a una solicitud de revocatoria de medidas cautelares, dictó el Auto de 13 de julio de 2004 sin precisar nombres e identificar a los sujetos procesales, disponiendo erróneamente el desalojo de toda persona que ocupe los terrenos de la hacienda El Encanto, perjudicando con ello los derechos de los miembros de la Cooperativa “21 de SEPTIEMBRE Ltda.” que ocupaban los predios de la hacienda Marquina Sejapata, ya que los mismos no son parte en el proceso penal, sino terceros que no tienen nada que ver con el mismo, además, esta autoridad tampoco tomó en cuenta que sobre los terrenos cuyo desalojo ordenó existe ya una Sentencia del Tribunal Agrario Nacional que anula todo derecho propietario.