Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1552/2004-R
Fecha: 27-Sep-2004
II.5.
II.5. Por Auto de 29 de octubre de 2003, la autoridad judicial recurrida dispuso: “Siendo evidente que el Auto de Vista de fs. 789-789 vta., revoca también el Auto cursante a fs. 599, por el que se dispuso la Rehabilitación de la matrícula 2.01.3.01.0001378, en vía de enmienda, se complementa el Auto de fs. 799, dejando sin efecto también la Rehabilitación de la matrícula 2.01.3.01.0001378; a cuyo fin notifíquese al Sr. Juez Registrador de Derechos Reales con los testimonios de ley” (sic.).