Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1580/2004-R
Fecha: 28-Sep-2004
II.2.
II.2. La Presidenta del Concejo Municipal de Carapari, representó al Concejo Municipal de Yacuiba que la sesión en la que eligió al Consejero Departamental fue instalada sin el quórum reglamentario, siendo nula de pleno derecho al igual que la designación, ya que en el caso de ese municipio el quórum requerido es de 10 de 17 miembros que lo conforman, además de que únicamente ocho de ellos votaron ante la abstención de la concejal Andrea Araoz, esposa del que fue elegido Consejero Departamental (fs. 47), por lo que se convocó a una nueva sesión dentro de las veinticuatro horas a realizarse el 5 de mayo de 2004.