SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1580/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1580/2004-R

Fecha: 28-Sep-2004

representante del Ministerio Público

  El representante del Ministerio Público, emite dictamen por que se declare  procedente el recurso  al haber verificado sobre la base de las pruebas presentadas y el informe de las partes, que se ha vulnerado el procedimiento al posesionar a una persona  que no estaba legalmente elegida. Si bien se constató que se dio contestación (derecho de petición) esa contestación no puede ser inoficiosa tiene que tener los resultados legales en cuanto se ha acreditado la elección y cuando se convocó a los Concejales para la elección del Consejero Departamental, se puede ver que no estuvo el número  respaldatorio ni legal  que establece la ley.