SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1581/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1581/2004-R

Fecha: 28-Sep-2004

improcedente

Concluida la audiencia el Tribunal de amparo constitucional pronuncia resolución que declara improcedente el recurso, con los siguientes fundamentos: i) los tribunales de apelación y casación  han pronunciado las resoluciones sin haber quebrantado norma jurídica alguna; ii) dentro del proceso, el recurrente no utilizó adecuadamente los recursos ordinarios o extraordinarios que le franquea la ley; iii) el recurrente aún tiene a su alcance el recurso de revisión de sentencia.

Por todo lo expresado, la situación planteada no vulnera los derechos a la defensa y al debido proceso alegados por el recurrente y en consecuencia no se encuentra dentro de las previsiones del art. 19 de la CPE, por lo que el Tribunal de amparo al haber declarado improcedente el recurso, ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales y dado correcta aplicación al citado precepto constitucional.