Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0004/2005-CDP
Fecha: 07-Ene-2005
I.2. a)
I.2. a) Devuelto el expediente a la Corte de origen, y decretado el “cúmplase” en 13 de febrero de 2004 (fs. 115 vta.), por memorial presentado el 16 de julio de 2004 (fs. 133), la recurrente solicitó se ordene el pago de Bs54.931.- que corresponden a los trece meses de haberes devengados e impagos más el aguinaldo de 2003 en el doble por el no pago oportuno del mismo, además de los bonos de vacunación y otros. Pidió también la cuantificación de los gastos en que incurrió en el trámite del recurso de amparo, para lo que adjuntó la documental que sale de fs. 121 a 124.