Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0042/2005-R
Fecha: 10-Ene-2005
II.3.
II.3. El 9 de marzo de 2004, el Concejo Municipal de Vinto, determinó pasar al Ejecutivo la minuta de comunicación 27/2004 por la que le dice que instruya “a las Direcciones correspondientes a objeto de que las mismas paralicen todo trámite iniciado por la Urbanización Virgen de Urkupiña cuyos beneficiarios son la asociación accidental de ex trabajadores ferroviarios `Virgen de Urkupiña´…” (fs. 36).