Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0007/2005-R
Fecha: 03-Ene-2005
II.3.
II.3. A través del Auto de medida cautelar 46/04 de 8 de junio de 2004 (fs. 194 a 199) el Juez Instructor Octavo en lo Penal aplicó las siguientes medidas sustitutivas a la detención preventiva para la imputada Delia Banegas Justiniano, de conformidad al art. 243 del CPP: 1) presentación ante el Fiscal las veces que sea requerida; 2) arraigo; 3) prohibición de comunicarse con la denunciante, siempre que no se afecte su derecho a la defensa; 4) prohibición de concurrir a la posta sanitaria, donde practica la actividad ilícita de la medicina; 5) fianza personal con garantía de dos personas.