SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0007/2005
Fecha: 17-Ene-2005
I.2
Recibido el expediente (fs. 64), la Comisión de Admisión procedió a su sorteo, el que se verificó el 22 de noviembre de 2004 (fs. 65 vta.). Por AC 680/2004-CA, de 14 de diciembre, la Comisión de Admisión, regularizando procedimiento, dispuso que el presente recurso sea puesto a conocimiento de Eduardo Rodríguez Veltzé, Presidente del Consejo de la Judicatura, como personero del órgano que generó la norma impugnada, a efecto de su apersonamiento y formulación de alegatos en el plazo de 15 días, disponiéndose para el efecto, la suspensión del plazo establecido por el art. 64.II de la LTC, hasta la formulación de alegatos o el cumplimiento del plazo para hacerlo (fs. 67 a 68); practicada que fue la notificación personal el 20 de diciembre de 2004 (fs. 84), Eduardo Rodríguez Veltzé se apersonó a este Tribunal, justificando su excusa de conocer el proceso disciplinario, sin presentar los alegatos correspondientes; situación por la cual, este Tribunal ingresa a considerar el fondo del recurso.