SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0011/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0011/2005-R

Fecha: 03-Ene-2005

III.1.

III.1. Con carácter previo al análisis del fondo de la problemática planteada en el recurso, cabe recordar que el recurso de hábeas corpus tiene por finalidad otorgar protección inmediata y efectiva al derecho a la libertad física en aquellos casos en los que sea restringido o suprimido mediante actos ilegales o indebidos; de manera que, conforme a las normas previstas por los arts. 18 de la CPE y 89 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), a través de este recurso no puede protegerse otro derecho fundamental o garantía constitucional que el de la libertad física frente a las detenciones, persecuciones, apresamientos o procesamientos ilegales o indebidos.

              En el marco normativo antes referido, este Tribunal también ha establecido que “la protección que brinda el Recurso de hábeas corpus en cuanto al debido proceso se refiere, no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción, por operar como causa para su restricción o supresión, correspondiendo en los casos no vinculados a la libertad utilizar las vías legales pertinentes” (SC 1865/2004-R, de 1 de diciembre).