SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0034/2005-R
Fecha: 10-Ene-2005
II.4.
II.4. En las fotocopias legalizadas emitidas por el Juez recurrido, se constata que en la cédula de identidad del recurrente se tiene como domicilio “C/Hugo Dávila Nº 912 z/Alto Obrajes” y en sus certificados de antecedentes y domiciliario “Calle Paz N. Nava No. 311, Zona Alto Obrajes” (fs. 41, 43). Asimismo, como domicilio de la empresa CONSERTAR se tiene, en el Servicio Nacional de Registro de Comercio (SENAREC), “Calle Killa N.- B5 entre Av. Melchor Pérez de O.” (fs. 17), en facturas emitidas por la empresa “Av. América Nº 86” (fs. 19), en el certificado de inscripción al Registro Único de Contribuyentes en “Av. América Nro. 85 Zona Imasumac Sarco Castilla” (fs. 16). Finalmente cursa certificado negativo de antecedentes emitido por la PTJ de El Alto, y otro emitido en el Distrito de Cochabamba que registra antecedentes de aprehensiones y detenciones varias por la supuesta comisión de varios delitos en las ciudades de Cochabamba, La Paz y Santa Cruz (fs. 41, 42).