SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0034/2005-R
Fecha: 10-Ene-2005
improcedente
Concluida la audiencia, la Jueza del recurso declaró improcedente el hábeas corpus, con los siguientes fundamentos: a) el imputado en su condición de inquilino debe presentar el documento de locación mediante contrato suscrito de acuerdo a normas civiles y acompañar el documento que acredite el derecho propietario del dueño del inmueble, como se estableció en la SC 1625/2003-R; pero no lo hizo, lo que implica que no se ha demostrado la residencia habitual conforme a las normas previstas por el art. 234.1 del CPP; y b) los delitos por los que está siendo juzgado tienen una pena privativa de libertad de 1 a 6 años, también existen antecedentes de numerosos domicilios y en la etapa investigativa no se presentó para cooperar con la investigación; y c) la autoridad jurisdiccional, es la única que tiene facultad potestativa para valorar la prueba acumulada por el imputado con relación a los arts. 234 y 235 del CPP.