SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0068/2005-R
Fecha: 26-Ene-2005
Fragmento 16
De otro lado, el informe de las autoridades recurridas da cuenta que el allanamiento ejecutado el 2 de octubre de 2004, en ejecución del mandamiento descrito, provocó el secuestro del departamento en el que se suscitaron los actos denunciados por la recurrente, ante la necesidad de preservar los elementos de prueba existentes en el mismo, encontrándose en consecuencia bajo tuición del Ministerio Público, en ese sentido, en uso de sus atribuciones, precintaron y prohibieron el ingreso de toda persona al mencionado inmueble, lo que era de conocimiento de la recurrente, ya que mediante memoriales solicitó ser depositaria del departamento, y al no obtener respuesta satisfactoria incluso dio aviso de que ingresaría a él mediante memorial de 1 de diciembre, en consecuencia, provocó los actos de desocupación del inmueble que ahora denuncia.