SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0096/2005-R
Fecha: 31-Ene-2005
procedente
Concluida la audiencia, la Jueza de hábeas corpus declara procedente el recurso interpuesto, ordenando la nulidad del Auto de 18 de noviembre de 2004 pronunciado por la Jueza Segunda de Instrucción de Punata que dispuso la detención preventiva de Rafael Arnaldo Centellas Salazar ordenando que sea puesto en libertad, sin lugar a determinación de responsabilidad civil o penal, costas, daños y perjuicios, tomando en cuenta que hubo error excusable en la interpretación de la Ley, y por haber renuncia expresa del recurrente, con el fundamento de que las dos autoridades recurridas aplicaron erróneamente lo dispuesto por los arts. 226.II, 130.II y 54 inc. 1) del CPP, originando que la detención de Rafael Arnaldo Centellas Salazar es ilegal.