SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1210/2005-R
Fecha: 03-Oct-2005
a)
a) Los jueces técnicos recurridos dictaron el Auto de apertura de juicio el 21 de noviembre de 2003, con el que se notificó en el domicilio procesal a Juan Ramos, a Juan Ramírez Tórrico pero no al representado de los recurrentes, quien estaba detenido preventivamente por el Juez cautelar y en esa situación llegó al Juzgado y convocado a audiencia de juicio, se presentó el 24 de marzo de 2004, planteando a través de su abogado la excepción de falta de tipicidad, lo que significa que si bien se incumplió con la notificación personal prevista en el art. 163 del CPP, el representado de los actores se hizo presente a la audiencia de juicio y asumió defensa, y al no haber observado en su momento la falta de notificación convalidó esa omisión con la defensa realizada.