Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1227/2005-R
Fecha: 03-Oct-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente acusa que los ministros recurridos vulneraron sus derechos a la seguridad jurídica, a la petición, defensa y la garantía del debido proceso, al emitir el Auto Supremo 542 de 22 de septiembre de 2004, declarando inadmisibles los recursos de casación presentados por sus mandantes dentro del plazo previsto por ley, sin tomar en cuenta que de acuerdo a la interpretación de los arts. 130, 417 del CPP y 257 de la LOJ, los plazos se cuentan en días hábiles y no corridos. En ese sentido corresponde en revisión analizar si en la especie se debe otorgar la tutela pretendida.