SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1272/2005-R
Fecha: 14-Oct-2005
a)
a) En la tramitación del proceso por cobranza coactiva contra la empresa INDUVIT S.R.L. la Administración Tributaria giró el pliego de cargo 61/04 con el que se notificó a Freddy Guarachi Andrade, en calidad de supuesto representante legal, cuando éste no acreditó su personería en la primera actuación, conforme lo exige el art. 176 del CT, ya que si bien presentó una carta pidiendo la programación de pagos no acreditó su calidad de representante legal, por lo que existiendo un certificado de FUNDEMPRESA que establece quienes son los socios de la sociedad, la Administración tenía la obligación de notificar personalmente a cada uno de ellos como sujetos pasivos con el pliego de cargo, al no haber obrados de ese modo se vulneró los derechos a la defensa y el debido proceso del recurrente.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- procedente
- a)
- b)
- c)
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- sustituir a las autoridades judiciales y administrativas en la función que legalmente tienen atribuida. (las negrillas son nuestras).
- III.3.