Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1279/2005-R
Fecha: 14-Oct-2005
II.1.
II.1. Mediante Auto de 9 de septiembre de 2004, el recurrido como “Juez Sumariante” (sic) instauró proceso interno contra la recurrente (fs. 6 y 7); empero, lo anuló por Auto de 12 de octubre de 2004, constituyéndose éste en el Auto de inicio de proceso, el cual dispuso la medida provisional de suspensión temporal del ejercicio de funciones con goce de haber de la recurrente, hasta que se sustancie el proceso (fs. 9 y 10).