Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1280/2005-R
Fecha: 14-Oct-2005
II.6.
II.6. El 5 de enero de 2005, la recurrente presentó ante el Juez de Sentencia querella y acusación particular por el delito de despojo (fs. 100-102), pero el 8 del mismo mes, la Jueza Segunda de Partido de Sentencia desestimó la misma dando aplicación al art. 376 inc. 2) del Código de procedimiento penal (CPP), exponiendo que quien creyera ser despojado con violencia o sin ella de un bien, podrá interponer interdicto de recobrar la posesión (fs. 127).