Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1308/2005-R
Fecha: 14-Oct-2005
II.2.
II.2. El 22 de diciembre de 2004, se llevó a cabo la audiencia de medidas cautelares en la que el juez Hernán Mendoza Iriarte, ordenó la detención preventiva de los imputados, con el argumento que no demostraron tener un domicilio conocido, una familia estable, un trabajo lícito elementos que llevaron a la convicción que estando libres pueden darse a la fuga y que al existir personas en fuga, podrían contactarse con ellas y existir el riesgo de obstaculización (fs. 19 a 21 vta.).