SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1309/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1309/2005-R

Fecha: 20-Oct-2005

procedente

Por Resolución cursante de fs. 12 a 14, se declaró procedente el recurso disponiendo su inmediata libertad, además dispuso se señale audiencia de medidas cautelares dentro de setenta y dos horas, para viabilizar la solicitud del recurrente, con los siguientes fundamentos: a) la SC 160/2005-R, de 23 de febrero, orienta al juzgador señalando que no es posible acudir a este recurso cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad en forma inmediata; sin embargo, en el presente caso, al no existir resolución de la negativa de cesación de la detención preventiva, peor notificación, se coarta el derecho al debido proceso, ya que se le impide ejercer el recurso idóneo e inmediato de defensa contra la supuesta lesión que sufre el recurrente, estando privado de su libertad; b) cualquier otro recurso que pretenda ejercer en estado de privación de libertad, sea amparo o reclamo al Consejo de la Judicatura, es irreparable por el tiempo que toman los mismos; c) el recurso de hábeas protege los derechos a la libertad física y de locomoción y que los actos u omisiones lesivos a otros derechos y garantías podrán ser tutelados a través del amparo; advirtiéndose en forma objetiva que sin la existencia de la resolución de negativa y lo que es peor de su notificación con la misma, se vulnera los derechos y garantías fundamentales del recurrente.