SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1338/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1338/2005-R

Fecha: 25-Oct-2005

II.2.

II.2.  Por memorial presentado al Comandante General de la Policía Nacional el 16 de mayo de 1996, el representado de los recurrentes señaló que al haberse dictado el Auto de Vista de 19 de noviembre de 1994, por el cual en forma definitiva  se lo excluyó del proceso penal seguido en su contra, solicitaba su rehabilitación (fs. 29 y vta.), reiterando su reincorporación ante la misma autoridad por memorial de 20 de diciembre de 1996 (fs. 30 y vta). El 16 de abril de 1999 el mandante de los recurrentes  señaló que al haber sido reincorporado a la institución policial por Resolución 013/97, de 7 de enero de 1997, solicitaba la restitución plena de sus derechos institucionales por cuanto hasta ese momento había perdido cuatro años de antigüedad  (fs. 31 a 32), reiterando su pedido el 13 y 14 de febrero de 2001 y además que se le reconozca su antigüedad (fs. 33 y vta. y 35 y vta.).