SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1356/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1356/2005-R

Fecha: 31-Oct-2005

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

En el memorial presentado el 3 de marzo de 2005 (fs. 15 a 16 vta.), el recurrente manifiesta que el Tribunal Segundo de Sentencia sobre la base de un simple informe del Oficial de Diligencias de la Central de Notificaciones, lo declaró rebelde y contumaz por Auto de 19 de diciembre de 2003, sin tomar en consideración que éste “ni siquiera había salido de su oficina”; determinación que posteriormente fue dejada sin efecto, por Auto de 20 de enero de 2004, así como las medidas jurisdiccionales, al haberse demostrado que cuenta con un domicilio fijo.

Posteriormente, el 6 de marzo de 2004 los recurridos señalaron nueva audiencia de juicio oral para el día 31 de mayo de 2004, habiendo su persona el 14 de abril de 2005 asumido defensa pidiendo recepción de prueba; sin embargo, el Tribunal por providencia de 16 de abril negó la recepción, privándole del derecho a la defensa.

Alega que el Tribunal nuevamente señaló día y hora de audiencia de juicio oral para el 5 de septiembre de “2005” (sic), providencia que curiosamente se dejó sin efecto violando el debido proceso, la seguridad jurídica y el respeto a la ley, para posteriormente señalar otra audiencia para el 3 de febrero de 2005, habiendo sido notificado por cédula en el domicilio del abogado, cuando debió ser practicada en forma personalísima; empero, pese a estas violaciones reiteró al Tribunal abra término de prueba a efectos de que asuma defensa, siendo una vez más rechazada su petición.