AUTO CONSTITUCIONAL 0011/2005-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0011/2005-O

Fecha: 23-Nov-2005

III.1.

III.1. El impetrante pretende que el Tribunal Constitucional  disponga el cumplimiento de la SC 0884/2003-R, y se reponga “su derecho propietario legalmente adquirido” al adjudicarse dos inmuebles de propiedad de  Fernando Soliz Arancibia en ejecución de sentencia del proceso ejecutivo que siguió en su contra.

Sin embargo, es menester dejar claro que la SC 0884/2003-R, revocó la procedencia  decretada en la Resolución revisada y declaró improcedente el amparo constitucional planteado por el referido ejecutado contra la autoridad judicial que conocía el juicio ejecutivo. El fundamento de la SC 0884/2003-R, radica en la falta de agotamiento  de las vías y medios legales que el  recurrente tenía a su alcance para reclamar el respeto de los derechos que estimaba lesionados.