AUTO CONSTITUCIONAL 0593/2005-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0593/2005-CA

Fecha: 22-Nov-2005

al resolver un recurso ordinario dentro de un determinado proceso judicial o administrativo,

            En ese entendido, el recurso indirecto o incidental de inconstitucional constituye una acción de puro derecho que implica confrontar el texto de la norma impugnada con el de la Constitución Política del Estado, para determinar si hay contradicción en sus términos, con el objeto de realizar el control correctivo de la norma y así depurar el ordenamiento jurídico del Estado; en síntesis, lo que se busca es que al resolver un recurso ordinario dentro de un determinado proceso judicial o administrativo, en la decisión final no se aplique una norma inconstitucional.