AUTO CONSTITUCIONAL 0609/2005-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0609/2005-CA

Fecha: 30-Nov-2005

II.4.

II.4. Por añadidura, en el presente recurso no se cumplen los requisitos establecidos por el art. 82.II de la LTC referidos a acreditar la interposición del recurso en término legal y la presentación de copias, fotocopias legalizadas o testimonio de la resolución que le cause agravio y otros antecedentes que estime pertinentes, por cuanto si bien adjunta la Sentencia 40/2005 de 18 de agosto de 2005, así como otros antecedentes correspondientes al interdicto de adquirir la posesión seguido por Dominga Epifania Calizaya Juaquinina de Colque, lo hace en fotocopias simples sin ningún valor legal.