Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1415/2005-R
Fecha: 08-Nov-2005
II.6.
II.6. El 10 de diciembre de 2004, por notas presentadas por el ahora recurrente dirigiéndose tanto al Presidente del Directorio del SSU -recurrido- (fs. 13) como al Gerente General del SSU (fs. 14), solicitó la reconsideración de la determinación, debiendo dejarse sin efecto tanto el Memorándum 001/04 y Comunicación Interna 149/04.