SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1467/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1467/2005-R

Fecha: 22-Nov-2005

1)

Brindó informe a través de su apoderada, quien señaló: 1) el recurrente fue designado Gerente de Administración y Finanzas, cargo al que renunció el 30 de abril de 2002 para acogerse al Estatuto del Funcionario Público, por lo que hasta dicha fecha se le liquidaron sus beneficios sociales y a partir del 2 de mayo de 2002 ingresó como aspirante a la carrera administrativa; 2) la Superintendencia del Servicio Civil dispuso su reincorporación a un cargo de igual jerarquía, paralelamente el FNDR mandó a la Superintendencia todos los documentos de las personas que debían ser incorporadas a la carrera administrativa, emitiendo la Superintendencia una Resolución en el sentido de que el recurrente no podía serlo por ejercer un cargo de tercer nivel, por ello se dispuso su reincorporación desde el 5 de octubre de 2004 en el cargo de Coordinador General; 3) esta situación se comunicó a la Superintendencia la que respondió y dio por bien hecha la reincorporación; 4) luego de su reincorporación se le llamó la atención al recurrente por abandono de funciones a los veinte días de ser posesionado como Gerente del FNDR, quien por esa época trabajaba en la banca privada, recibiendo doble percepción, razón por la cual el Director del Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR) pidió se le retengan sus salarios; 5) el FNDR para cumplir la primera Resolución de la Superintendencia reincorporó al recurrente y le pagó sus salarios desde su retiro hasta la fecha en que la Superintendencia decidió no incorporarlo a la carrera administrativa, pues pagarle el periodo en el que no prestó servicios les haría civil y administrativamente responsables.