Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1470/2005-R
Fecha: 22-Nov-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente interpone el presente recurso alegando la vulneración de la garantía del debido proceso, denunciando que la Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Oruro, con el Auto de Vista de 19 de junio de 1995, que confirmó la sentencia condenatoria dictada en su contra, no le notificaron en forma personal como correspondía, sino en el tablero de notificaciones, con cuya actuación se le impidió hacer uso del recurso de casación. Consiguientemente, corresponde determinar, en revisión, si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 de la CPE.