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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1473/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1473/2005-R

    Fecha: 22-Nov-2005

    III.1.

    III.1. En Este Tribunal, ha establecido que el derecho  de formular peticiones es aquel derecho fundamental: “(...) cuyo núcleo esencial comprende la respuesta pronta y oportuna, resolviendo en lo posible la petición en sí misma, es decir resolviendo el asunto objeto de la petición” (SC 275/2003-R, de 11 de marzo).

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • a)
    • procedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • ya que sin la posibilidad de exigir una respuesta rápida y oportuna carecería de efectividad el derecho.
    • III.2.
    • III.3.
    • 1º      APRUEBA EN PARTE

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