SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1473/2005-R
Fecha: 22-Nov-2005
procedente
La Resolución cursante de fs. 29 y 30, pronunciada el 13 de abril de 2005 por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, declara procedente el recurso ordenando que en el término de veinticuatro horas, la autoridad recurrida, “de respuesta a la petición de Max Hugo Rocha y su reincorporación a su fuente de trabajo”, sin responsabilidad, bajo el fundamento el recurrente ha hecho la petición da la Unidad Regional del Oriente del Servicio Nacional de Caminos para que se responda a su solicitud de reincorporación a su fuente de trabajo “y no ha obtenido hasta el momento ninguna respuesta oficial, vulnerando de esta manera el derecho constitucional a la petición y al trabajo”.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- ya que sin la posibilidad de exigir una respuesta rápida y oportuna carecería de efectividad el derecho.
- III.2.
- III.3.
- 1º APRUEBA EN PARTE