Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1537/2005-R
Fecha: 29-Nov-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente alega como vulnerado el derecho a la inamovilidad docente, porque sin que exista motivo alguno el Director Departamental de Educación, instruyó al Director Distrital de Comarapa, retirarlo del cargo de “Técnico Curriculo General”, y más aun agravando su situación se retuvo sus haberes correspondientes al mes de marzo. Corresponde entonces analizar si lo impetrado se encuentra dentro de los alcances del recurso extraordinario de amparo previsto en el art. 19 de la CPE, para otorgar o negar la tutela.