AUTO CONSTITUCIONAL 0618/2005-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0618/2005-CA

Fecha: 07-Dic-2005

I.2. Respuesta al recurso

Corrido en traslado el incidente, el mismo es respondido por Ninfa Rosa Gonzáles de Rengel manifestando que  el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad planteado por el señor Burgos  contra la Resolución 531/2005 emitida por la Sala Civil Tercera, no cumple con lo determinado por los art.s 59, 60 y 66 de la Ley 1836, Ley del Tribunal Constitucional (LTC), por lo siguiente: la resolución impugnada constituye una resolución judicial  contra la que no se puede interponer el presente recurso; incumple los requisitos establecidos por el art. 60 de la LTC al no señalar la norma que se cuestiona como inconstitucional, el precepto infringido y no fundamentar el mismo y las argumentaciones formuladas  no corresponde a un recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, por lo que solicita se rechace el incidente formulado por Abel Burgoa.