Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1565/2005-R
Fecha: 05-Dic-2005
II.1.
II.1. El 20 de marzo de 2001, mediante memorandum 1021/2001 el Directorio del sindicato de trasportes “Señor de Exaltación”, admitió a Orlando Quispe Alvarez, en calidad de socio propietario de la movilidad Subaru modelo 1993, placa 587-ICL para que trabaje en la línea 044, luego de haber cumplido con todos los requisitos exigidos para su afiliación, posteriormente el 28 de enero de 2003, al haber adquirido el derecho de línea (acción) de Wilfredo Carvajal quedó autorizado para trabajar en calidad de socio propietario de la movilidad marca Nissan, 1990, con placa de control LUZ- 295 (fs. 5 a 7).