Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1600/2005-R
Fecha: 09-Dic-2005
b)
b) Los actores carecen de legitimidad activa ya que demandaron el presente recurso a nombre y representación de la Junta Vecinal 5 de agosto, sin que dicha Junta haya sido reconocida como una OTB mediante Resolución Prefectural, a los fines de que pueda gozar desde ese momento del ejercicio de sus derechos como tal y cumplir sus obligaciones emergentes de esa condición, así lo reconoce la Ley de Participación Popular y el Reglamento de las OTBs, situación legal que hace también al presente recurso improcedente ante la evidente falta de legitimación activa para demandar en representación de una OTB inexistente.