SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1651/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1651/2005-R

Fecha: 19-Dic-2005

II.2.

II.2.    Por memorial de 1 de marzo de 2004 (fs. 58) adjuntando el memorando  523/2002 (fs. 57), el representado de los actores solicitó a la autoridad judicial recurrida considere su impersonería al haber dejado de ser funcionario y representante del II Programa de Mantenimiento del SNC. Pedido que mereció el Auto de 15 de marzo de 2004 (fs. 61 y vlta.), por el cual el recurrido declaró: “No ha Lugar a la solicitud de exclusión del proceso” (sic), bajo el argumento de que la documental presentada no cumplía con la formalidad prevista por el art. 1311 del Código civil (CC), y por la falta de indicación del nombre del  representante de la institución demandada. Esta decisión fue apelada por el representado del actor (fs. 64 y vlta.), que mereció el Auto de Vista 126/2004, de 11 de junio, por el cual la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, confirmó el Auto apelado bajo el argumento - en cuanto a la exclusión del proceso - que la impersonería del demandado debió interponerse de conformidad a lo determinado por el art. 128 del CPT, como excepción antes de contestarse la demanda, correspondiendo aplicar el principio de preclusión. Resolución de alzada que quedó ejecutoriada por Auto de 11 de agosto de 2004 (fs. 82).