SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1655/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1655/2005-R

Fecha: 19-Dic-2005

1)

En audiencia el vocal recurrido, Iván Gantier Lemoine adujo: 1) tienen facultad para analizar si efectivamente la Resolución por la que se dispuso la cesación de la detención preventiva, está acorde a los hechos, llegando a la convicción de que los representados de la recurrente fueron condenados por el Tribunal de Sentencia al ser autores del delito de tráfico de sustancias controladas, existiendo incongruencia en la decisión que dispuso la cesación de la detención preventiva, por lo que decidieron revocar la medida; 2) lo coherente al existir un recurso pendiente de resolución y a fin de efectivizar una correcta administración de justicia, era imponer el arresto domiciliario, especificando el domicilio; 3) la revocatoria se funda en el hecho de no haber acreditado ante el Juez que emitió la Resolución de cesación, el domicilio de los recurrentes; 4) al no estar facultado el tribunal de alzada a determinar el arresto domiciliario, revocaron la medida, para que en uso de su derecho planteen nuevamente la cesación de la detención.