Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1655/2005-R
Fecha: 19-Dic-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente alega la vulneración del derecho a la libertad de sus representados, por cuanto las autoridades recurridas revocaron la Resolución a través de la cual se concedió la cesación de la detención preventiva, basando su determinación en la existencia de riesgo de fuga y el no señalamiento de domicilio con datos claros y precisos, sin tomar en cuenta que para la procedencia del beneficio, el único requisito que se debe tomar en cuenta es el transcurso de veinticuatro meses sin contar con sentencia ejecutoriada, al amparo del art. 239.3 del CPP. Corresponde analizar si en la especie se debe otorgar o no la tutela que brinda el recurso de hábeas corpus.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- procedente
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- De ahí que la tesis que propugna el equilibrio entre la búsqueda de la eficiencia y la salvaguarda de los derechos y garantías, se constituye en la síntesis que busca cumplir eficazmente las tareas de defensa social, sin abdicar del resguardo de los derechos y garantías del imputado;
- Fragmento 11
- III.2.
- APRUEBA