SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1669/2005-R
Fecha: 19-Dic-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente interpone el presente recurso alegando la vulneración de sus derechos al trabajo y a la propiedad, denunciando que la autoridad recurrida se niega a dar cumplimiento a la Resolución judicial dictada el 19 de abril de 2004 por el Juez Primero de Instrucción en lo Penal de la Capital, que dispuso la revocatoria de la incautación, y por lo mismo, la devolución de su vehículo marca Toyota Corolla, Chasis C96064669 placa 1008-PZP, motor IC-1749433, con la excusa de que previa a la devolución debe efectuarse un trámite administrativo en la ciudad de La Paz y sin tener en cuenta que dicho vehículo es su herramienta de trabajo. Consiguientemente, corresponde determinar, en revisión, si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 de la CPE.